NOVEDAD
viernes, 30 de diciembre de 2022
MPJ: Modificaciones en cobertura
Se recuerdan algunas condiciones de auditoría de la Mutual de Petroleros Jerárquicos, y se agrega una modificación en la cobertura.
Como es sabido, la Mutual actúa como coseguro de las Obras Sociales/ Prepaga y sólo reconoce lo auditado por la cobertura primaria, las cuales no realizan el pago correspondiente de la receta, sino se cumplen los requisitos abajo mencionados.

Al momento del acondicionamiento de las recetas y preparación de la facturación hagan énfasis en:
• El plazo máximo para el envío de las recetas: es de 30 días posteriores a la fecha de venta.
• Las recetas o soporte autorizado por la Obra Social/Prepaga deben tener la presencia de troqueles legibles.
• Las recetas o soporte autorizado por la Obra Social/Prepaga deben tener la fecha legible.
• Las recetas o soporte autorizado por la Obra Social/Prepaga deben tener el sello y firma del médico tratante legible.
• Las recetas deben ser prescriptas solamente por profesionales médicos u odontólogos. En el caso de ser prescripciones de profesionales odontólogos solo se auditarán recetas de medicamentos vinculados con su especialidad como: antiinflamatorios, antibióticos, analgésicos y relativos a lesiones herpéticas.
• La persona que compre o retire el medicamento en la Farmacia, deberá informar sus datos y también el DNI del titular de la receta. En ningún caso pueden firmar el personal de la Farmacia el retiro de medicamentos de los asociados.
• Respecto de la cobertura de medicamentos crónicos por resolución 310, en la que la cobertura debe ser del 70% por parte de la O.S/Prepaga, confirmamos que la cobertura sobre este listado de medicamentos en MPJ será de hasta el 20%, no pudiendo este porcentaje superar el 90% del PVP, esto rige para todos los medicamentos del listado de resolución 310, independientemente de que el Asociado haya hecho o no el empadronamiento en su O. S/ Prepaga o de como sea la forma de cobertura primaria. ESTA RESPUESTA SE LAS DARÁ EL OBSERVER.
• Por otra parte, también hay un listado de medicamentos crónicos que tienen 100% de cobertura por parte de la O.S/Prepaga, la cobertura sobre este listado de medicamentos en MPJ será del 0% para todos los medicamentos de ese listado, que también está en Observer, independientemente de que el Asociado haya hecho o no el empadronamiento en su O. S/ Prepaga o de como sea la forma de cobertura primaria.
• Por último informarles que medicamentos recetados para infertilidad, para disfunciones sexuales y para tratamientos de la obesidad no tendrán cobertura en MPJ